En REMAR INTERNATIONAL, mantenemos a nuestra comunidad informada sobre los cambios normativos que impactan directamente las operaciones de comercio exterior. Uno de los más relevantes para 2025 es la implementación obligatoria de la Manifestación de Valor Electrónica (MVE), un instrumento que transformará la forma en que los importadores documentan y acreditan el valor en aduana de sus mercancías.
¿Qué es la Manifestación de Valor Electrónica (MVE)?
La MVE es el formato digital que sustituye la manifestación tradicional en papel. Su propósito es fortalecer la fiscalización aduanera mediante información más detallada, precisa y verificable, permitiendo a la autoridad una supervisión más eficiente de cada operación.
A través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM), los importadores deberán transmitir datos financieros, contractuales y logísticos con un nivel de exactitud superior al requerido actualmente.
Entrada en vigor: 9 de diciembre de 2025
Conforme a la Regla 1.5.1. de las RGCE, la MVE será obligatoria a partir del 9 de diciembre de 2025. Desde esa fecha, todo importador deberá integrar la manifestación y su documentación soporte en el pedimento mediante un e-document y transmitirla electrónicamente antes del despacho.
Esto significa que los formatos físicos dejarán de tener validez. La transición hacia la digitalización completa exige que las empresas se preparen con antelación para integrar sus procesos internos y cumplir adecuadamente con la normativa.
¿Qué información debe declararse en la MVE?
La autoridad exige un nivel de detalle más amplio que en años anteriores. Entre los conceptos clave destacan:
- Método de valoración aduanera aplicable.
- Vinculación y su efecto en el valor en aduana.
- Cargos incrementables (Art. 65 LA): fletes, seguros y otros costos no incluidos en el precio pagado.
- INCOTERM de la operación.
- Decrementables (Art. 66 LA): gastos desglosados de instalación, mantenimiento u otros.
- Precio pagado, directo o indirecto, al proveedor.
- Datos financieros: moneda, tipo de cambio, contratos y condiciones de pago.
El objetivo es asegurar trazabilidad, congruencia y correcto cálculo del valor en aduana. Una adecuada automatización de esta información dentro de los sistemas corporativos reduce riesgos y evita inconsistencias.
Flujo para presentar la MVE en VUCEM
A partir del 9 de diciembre de 2025, la presentación seguirá este proceso:
- Ingreso mediante e.firma del importador.
- Captura de datos obligatorios.
- Adjuntar documentos soporte.
- Carga del expediente probatorio.
- Firma electrónica y transmisión.
Documentos que integran el expediente de la MVE
Con fundamento en el Artículo 81 del Reglamento de la Ley Aduanera, el expediente debe incluir, entre otros:
- Factura comercial.
- Conocimientos de embarque, guías aéreas o documentos de transporte.
- Documentos de origen y procedencia, cuando apliquen.
- Comprobantes de pago de las mercancías.
- Evidencia de fletes, seguros y gastos conexos.
- Contratos relacionados con la operación.
- Soportes de incrementables (Art. 65 LA).
- Cualquier otra documentación necesaria para determinar el valor en aduana.
La conservación electrónica de este expediente es indispensable tanto para el importador como para su agente aduanal.
Sanciones por errores o inconsistencias
El importador es responsable de la veracidad de la información transmitida. Si la MVE contiene datos incompletos o inexactos, deberá generarse nuevamente y pagarse la multa prevista en el Artículo 185, fracción II de la Ley Aduanera:
- Rectificación previa al despacho: multa de $2,330 a $3,310 MXN.
- Rectificación posterior al despacho: multa en el mismo rango.
Cómo prepararse para cumplir con la MVE
En REMAR INTERNATIONAL acompañamos a nuestros clientes en esta transición hacia la digitalización total.
Nuestro enfoque integral abarca:
- Integración de sistemas: Asesoramos a las empresas para adaptar sus ERPs y generar automáticamente los datos que exige VUCEM.
- Auditoría documental preventiva: Verificamos el cumplimiento del expediente conforme al Art. 81 RLA.
- Capacitación interdepartamental: Coordinamos a Compras, Finanzas, Legal y Logística para garantizar uniformidad en la información transmitida.
- Validación proactiva: Implementamos controles internos que previenen incongruencias y errores.
La MVE: un nuevo capítulo en la trazabilidad y transparencia aduanera
La Manifestación de Valor Electrónica no es únicamente un requisito; representa un avance significativo en la eficiencia y precisión de las operaciones de comercio exterior.
En REMAR INTERNATIONAL estamos preparados para acompañar a nuestros clientes en este proceso, asegurando cumplimiento, eficiencia y confianza en cada paso del despacho aduanero.
¡Síguenos en Facebook, Instagram, X y LinkedIn para más contenidos e información sobre Comercio Internacional!
52 55 5550 5059
